Ampa
Nuestra asociación tiene su sede en el mismo centro educativo en el aula situada junto a las canchas deportivas, nos reunimos en horario de tarde.
OBJETIVOS
Las AA.PP.AA. tendrán las siguientes finalidades:
A. Informar a los padres de las actividades propias de la asociación, asesorándoles, tanto de forma individual como colectiva, en todo aquello que concierna a la educación de sus hijos, prestando especial atención a aquellos asociados que tengan éstos con alguna discapacidad que implique necesidades educativas especiales o que posean una sobredotación intelectual y promoviendo que ejerzan los derechos y deberes que tienen en la educación de sus hijos.
B. Promover, dinamizar y facilitar la participación de los padres de alumnos en la vida del centro y, en particular, en sus órganos de gobierno y de participación y colaboración, fomentando su formación para que ejerzan sus funciones como agentes educativos.
C. Fomentar en las familias y en los centros actitudes y valores éticos, solidarios, democráticos y participativos.
D. Potenciar las Asambleas de los padres y otras estructuras de participación como son las Asambleas de Aula y su Coordinadora de padres del Centro.
E. Fomentar la colaboración de los padres de alumnos con el profesorado del centro para el buen funcionamiento del mismo, entendiendo por ello, igualmente, la buena marcha de los servicios complementarios. Relacionarse con los alumnos, sus representantes y organizaciones creando cauces de colaboración y coordinando actuaciones de interés educativo.
F. Fomentar acciones que posibiliten el desarrollo de actitudes de colaboración, respeto mutuo y búsqueda de consenso en el seno de las comunidades educativas.
G. Desarrollar actividades de carácter educativo en las instalaciones del centro, dirigidas directamente a los alumnos y encaminadas a la adquisición de conocimientos, habilidades o destrezas, y que habrán de ajustarse a las directrices que sobre actividades complementarias fije el Consejo Escolar. Cooperar en las actividades educativas de los centros posibilitando su relación con el entorno, así como potenciar, promover y contribuir a la mejora de la calidad educativa.
H. Cualesquiera otras que en el marco de la normativa vigente les asignen sus propios estatutos.
Siempre que no interfieran el normal desarrollo de la Programación General Anual del centro, las Asociaciones de padres y madres podrán utilizar, los locales y dependencias del centro que, a tales efectos, se les indique. La Dirección del centro debe facilitar el acceso, sin condicionar la presencia de los padres y madres a la del profesorado ni a la del personal no docente del centro, si bien de acuerdo con ellos, en los términos previstos en la normativa que regula las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos y Alumnas.
El programa de actividades que las Asociaciones deseen realizar durante el curso en el recinto escolar, deberá ser entregado al Consejo Escolar, al objeto de su aprobación e inclusión, en la PGA del Centro. Es importante para las buenas relaciones entre las Asociaciones, el profesorado y el Consejo Escolar que se produzca una fluida circulación de información entre los distintos sectores de la Comunidad Educativa. (16.3 y 4). Si las actividades no son previsibles en el comienzo del curso, se informara de ella a fin de incorporarlas a la PGA.
A todos los padres/madres del centro corresponderá elegir a sus representantes en el CE entre los candidatos admitidos por la Junta Electoral y en horario que posibilite que todos los padres puedan asistir. Las Asociaciones de p/m podrán presentar candidaturas diferenciadas y poner supervisores en la mesa electoral.
El voto de los padres/madres será directo, secreto y no delegable pero sí se puede hacer por correo. Una vez acabadas las elecciones el recuento será público. A los diez días se constituirá el Consejo Escolar.